Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
Vehículos para personas de movilidad reducida. Motocicletas, con o sin sidecar, con una cilíndrada máxima de 125 cm3, una potencia máxima de 11kW y una relación potencia/masa máxima de 0,1 kW/Kg. Vehículos de tres ruedas cuya potencia máxima no exceda de 15 kW.
Motocicletas, con o sin sidecar. con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/masa máxima de 0,2 kW/Kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
Toda clase de motocicletas, con o sin sidécar. Vehículos de tres ruedas.
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 Kg y hasta 9 asientos incluido el del conductor. Pueden llevar un remolque ligero. Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase "B" y un remolque (superior a 750 Kg de masa máxima autorizada), siempre que: la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 Kg y, la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
El permiso de conducción C autoriza para conducir los siguientes vehículos: Automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 Kg. que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
El permiso de conducir CE permite al titular manejar todos los vehículos encuadrados dentro de la clase C, es decir, camiones que posean una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a los 3500 kg a los que se les pueda acoplar un remolque o tráiler que supere los 750 kg de MMA. Para su conducción en actividades profesionales es necesario obtener el CAP adicionalmente. Si no, no se pueden llevar con esta finalidad.
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 Kg y hasta 9 asientos incluido el del conductor. Pueden llevar un remolque ligero. Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase "B" y un remolque (superior a 750 Kg de masa máxima autorizada), siempre que: la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 Kg y, la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
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